AYUDAS: Sucesión en explotaciones agrarias
Abierto el plazo.
Os detallamos los requisitos, la cuantía y el resto de datos para poder presentar la solicitud de las ayudas para fomentar la cooperación para la sucesión de explotaciones agrarias en la comunidad de Castilla y León, en el marco del plan estratégico de la PAC 23-27:
¿Quién lo puede solicitar?
Cedentes, personas físicas, jefes de explotación, que cumplan los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Los cedentes, personas físicas ó jefes de explotación, deberán desarrollar su actividad en Castilla y León, estar en situación de la jubilación establecida o cumplir los requisitos para acceder a la jubilación y que cedan su explotación agraria a otra persona física o jurídica que quiera sucederle a través de una cooperación para la sucesión de esa explotación agraria. Además deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.Formalizar un proyecto de cooperación con un cesionario que no podrá ser familiar de primer grado del cedente. Dicho Proyecto de cooperación incluirá al menos los siguientes contenidos:
- La situación inicial de la explotación.
- El compromiso por parte del cedente de cesar en su actividad agraria, y darse de baja en el Reacyl por su actividad agraria.
- El compromiso por parte del cedente de transferir los derechos propios al cesionario, ligados a todas las unidades de producción que se vendan o arrienden.
- Las actuaciones que quiere realizar el sucesor contemplando si va a realizar una primera instalación, la diversificación agraria, inversiones o el desarrollo de otras intervenciones y el asesoramiento que pueda recibir tanto por el cedente como por asesores externos a la explotación.
- La dedicación del cedente a la transmisión de sus conocimientos.
2. Tener inscrita a su nombre en el Reacyl una explotación agraria cuya producción estándar sea, como mínimo, de 5.000 €.
3. No tener más de 72 años.
4. Ser agricultor activo.
5. Cotizar a la Seguridad Social por su actividad agraria.
6. Haber ejercido la actividad agraria durante los cinco años anteriores a la solicitud de ayuda.
7. Ser beneficiario de una pensión de jubilación de la Seguridad Social o estar en situación de jubilarse.
¿Para qué es la ayuda?:
La ayuda se destinará a prestar apoyo a los agricultores o ganaderos que decidan cesar en su actividad y cedan su explotación a otros agricultores o ganaderos, compensando una parte del coste de oportunidad que supone dicha cesión.
Cuantía:
- El importe anual (IA) se calculará teniendo en cuenta el valor de la producción estándar total (PET).
- La ayuda final anual pagadera al beneficiario estará necesariamente comprendida entre el 15% y el 60% de la producción estándar total (PET).
- En caso de que el importe anual (IA) calculado conforme al punto dos anterior, rebasara dichos límites, la ayuda final anual se igualará al valor resultante de multiplicar la PET de la explotación por el porcentaje del 15% o del 60% que corresponda.
- La ayuda total en euros que percibirá el beneficiario se calculará multiplicando por cinco la ayuda final anual con un límite máximo de 85.000 euros.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, a través de la aplicación informática “Programa Informático para la gestión de solicitudes de ayuda y otros procedimientos no específicos (SCAG)”, acompañada de la documentación establecida en el anexo I.
La solicitud de ayuda deberá ser firmada por el representante del solicitante o la persona autorizada.
Documentación a presentar (173 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Modernización de Explotaciones y Fomento de Jóvenes y Mujeres en la Actividad Agraria
Órgano que resuelve:
Dirección General de Desarrollo Rural
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver las solicitudes de ayuda y notificar las resoluciones será de 6 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, entendiéndose, por tanto, DESESTIMADAS las no resueltas y expresamente notificadas en dicho plazo.
Notificaciones:
-
Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .
Recursos:
- Reposición
- Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Justificación
- El beneficiario dispondrá de un plazo de cuatro meses computados a partir de la resolución de concesión de la ayuda para justificar la transmisión de la explotación, el cumplimiento de los términos recogidos en el proyecto de cooperación y el cumplimiento de los compromisos asumidos, aportando la documentación justificativa correspondiente.
- Podrá concederse una prórroga de este plazo en las condiciones que se establecen en las bases. El proceso de transmisión de la explotación no deberá haberse iniciado con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda.
Compatibilidad
- Las ayudas reguladas son incompatibles con otras que pudieran concederse para la misma finalidad.
- Asimismo, los beneficiarios de esta ayuda no podrán optar a ninguna ayuda vinculada a la actividad agraria financiada con recursos públicos durante el periodo de compromisos, excepto las ayudas que correspondan
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.