conocer mujeres con plata hombres solteros como decorar conoser mujeres solteras cam online con otras personas trabajo de contacto mujeres santiago de compostela donde conocer personas de otros paises chat para conocer chicos coreanos conocer gente de mi ciudad conocer gente la serena hombre solo no vale nada lugares para conocer mujeres lima amor en linea sevilla traductor valenciano castellano ligar con transexuales madura tetona numero de mujeres solteras en puerto rico chat para practicar ingles lugares para sexo amateur en espana mujeres solteras en san miguel de tucuman mujer soltera busca pareja hombres solteros italianos medimas citas en linea bucaramanga como elegir el sexo del bebe grupo whatsapp valladolid chat mas los chicos del coro online hd pareja busca chico bis redes para conocer personas de otros paises buscar amigas chistes graciosos forros polares montana grupos para quiero conocer rencontres ppp dating age limits in florida

by Webmaster
on 08 Junio 2022

GUERRA EN UCRANIA:

AYUDAS  

 

Se aprueban las ayudas a sectores afectados por el conflicto

 

Estas ayudas forman parte del plan nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, que destina más de 430 millones de euros para los sectores agrario y pesquero. En este marco, y cumpliendo con los compromisos con este sector, el pasado día 30 de mayo ya comenzó el pago de las ayudas específicas para los productores de leche de vaca, oveja y cabra afectados por esta situación, por un total de 169 millones.   

El objetivo de esta obligación es conseguir un mejor conocimiento de la situación del mercado y mejorar su transparencia, algo que es especialmente relevante en situaciones como la actual, en la que se están produciendo algunas distorsiones en los canales comerciales de materias primas agrarias básicas.  

Los 193,47 millones de euros van dirigidos a los siguientes sectores: vacuno de carne (110 millones de euros); ovino y caprino de carne (31,7 millones de euros); avicultura de carne (10 millones de euros); y cunicultura (3 millones de euros)

El plazo máximo para resolver y notificar la concesión de las ayudas será de tres meses desde la entrada en vigor del real decreto, mientras que el pago a los beneficiarios deberá realizarse antes del 30 de septiembre de 2022. 

Importe unitario

El importe unitario por animal, explotación o hectárea subvencionable quedará definido en cada comunidad autónoma de acuerdo al número de animales subvencionables que se declare en su territorio por los beneficiarios. En cualquier caso, se ha establecido un techo de animales y de hectáreas subvencionables por beneficiario y unos importes unitarios máximos por animal o hectárea subvencionable:

 

  • 60 euros por vaca nodriza 
  • 12 euros por ternero 
  • 5 euros por oveja y cabra 
  • Para los productores de avicultura de carne, la ayuda máxima por beneficiario según la capacidad de la explotación será la siguiente

o   De 251 a 1.000 plazas: 600 euros.

o   De 1.001 a 5.000 plazas: 810 euros.

o   De 5001 a 10.000 plazas: 1.200 euros.

o   De 10.001 a 20.000 plazas: 1.800 euros.

o   De 20.001 a 30.000 plazas: 2.400 euros.

o   De 30.001 a 40.000 plazas: 3.000 euros.

o   De 40.001 a 50.000 plazas: 3.600 euros.

o   A partir de 50.001 plazas: 4.800 euros.

  • Para los productores de conejos, la ayuda máxima según capacidad de explotación será (sin cambios sobre lo conocido previamente):

o   De 50 a 500 plazas de reproductoras: 2.580 euros.

o   De 501 a 1.000 plazas de reproductoras: 3.870 euros.

o   De más de 1.001 plazas reproductoras: 5.160 euros.

  • Para los productores de cítricos las cuantías máximas por hectárea serán (sin cambios sobre lo conocido previamente):

o   Para las 5 primeras hectáreas: 300 euros/hectárea.

o   A partir de 5 hectáreas y hasta 10 hectáreas: 250euros/hectárea.

o   A partir de 10 hectáreas y hasta 30 hectáreas: 190 euros/hectárea

 

Se establece en el RD un mecanismo simplificado de solicitud de ayudas. En ovino, caprino, vacuno y cítricos, servirá con haber presentado solicitud única 2022. En cítricos, si no se ha hecho solicitud única se entenderá como realizada la solicitud en base a la última declaración a REGEPA. Los productores avícolas y cunícolas, entenderán por realizada la solicitud con los datos comunicados a REGA.

 

 

La Comunidad Autónoma es la encargada de la tramitación, resolución, justificación, pago y control de la ayuda, pero, no se espera que existan órdenes ni convocatorias desde las Comunidades Autónomas, ya que podrían retrasar mucho el proceso de adjudicación y pago, y el límite máximo para pagar sin perder el presupuesto es el 30 de septiembre. El texto sí indica que una Comunidad Autónoma podrá establecer normas o previsiones diferentes a las indicadas en este RD para la presentación de las solicitudes de ayuda. Por tanto, la posibilidad de que la Comunidad Autónoma emita una orden para convocar la ayuda existe, pero en principio no es lo esperable.

 

La solicitud por parte de los titulares se da por hecha con la presentación de la solicitud única PAC 2022, o con la declaración realizada a REGA o REGEPASi estos titulares han cobrado en relación a la solicitud única de la PAC 2021 alguna de las ayudas recogidas a continuación no deben hacer ninguna gestión para solicitar la ayuda:

 

  1. Ayuda a inversiones: que mejoren el rendimiento y la sostenibilidad de la explotación; o que sean inversiones no productivas vinculadas a la realización de objetivos agroambientales y en materia de clima (Artículo 17 Reglamento (UE) 1305/2013).
  2. Ayudas agroambientales (Artículo 28 Reglamento (UE) 1305/2013).

iii.                 Ayudas a la agricultura ecológica (Artículo 29 Reglamento (UE) 1305/2013).

  1. Ayudas/pagos al amparo de Red Natura 2000 y Directiva Marco de Aguas (Artículo 30 Reglamento (UE) 1305/2013).
  2. Ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específica (Artículo 31 Reglamento (UE) 1305/2013).
  3. Ayudas al bienestar animal (Artículo 33 Reglamento (UE) 1305/2013).

 

Si el titular no percibió ninguna de estas ayudas en 2021, sí deberá hacer una gestión complementaria, presentando en la Comunidad Autónoma la declaración responsable de haber hecho actividades relacionadas con la economía circular, gestión de nutrientes, uso eficiente de recursos o producción respetuosa con el medio ambiente, en un plazo de 10 días hábiles desde la entrada en vigor de este Real Decreto. Ese plazo acaba, por tanto, el 22 de junio. El modelo de declaración está en el Anexo II del Real Decreto

Luego corresponde a la Comunidad Autónoma hacer los cálculos de cuál serían los importes unitarios, en base a los potenciales beneficiarios y la asignación presupuestaria, y publicar finalmente un resolución de concesión de ayudas, antes de 3 meses desde la publicación del Real Decreto, es decir, antes de 8 de septiembre. El plazo límite para abonar los pagos es el 30 de septiembre.

ENLACE AL RD: RD 428/2022

 

Fuentes: Revista AgriculturaCooperativas Agroalimentarias

 

 

 

 

 

 

Save
Cookies user preferences
We use cookies to ensure you to get the best experience on our website. If you decline the use of cookies, this website may not function as expected.
Accept all
Decline all
Read more
Cookies
JBcookies
Accept
Decline
Analytics
Tools used to analyze the data to measure the effectiveness of a website and to understand how it works.
Google Analytics
Accept
Decline