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on 29 Agosto 2023

Enfermedad Hemorrágica Epizoótica

 

  

 

Información sobre la enfermedad

 

Ficha de la enfermedad

La enfermedad hemorrágica epizoótica (EHE) es una enfermedad vírica infecciosa no contagiosa transmitida por vectores (Culicoides spp.), que afecta a rumiantes domésticos y salvajes. En el ganado vacuno puede producir clínica moderada y autolimitante durante unas dos semanas. El ganado ovino es susceptible a la infección, pero poco a la enfermedad clínica, y el caprino es muy poco susceptible a la infección. Es una enfermedad que afecta a los ciervos, y puede afectar también a gamos y corzos.
 
Agente causal: El virus de EHE pertenece a la familia Reoviridae, género Orbivirus, y tiene muchas características morfológicas y estructurales en común con los otros miembros del género, especialmente con el virus de la lengua azul.
 
Periodo de incubación: 2-10 días
 
Enfermedad de declaración obligatoria: Es una enfermedad de declaración obligatoria de acuerdo con lo establecido el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2002 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2020, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo relativas a la notificación a la Unión y al envío de informes a la Unión sobre enfermedades de la lista.
 
LNR: Laboratorio Central de Veterinaria de Algete.
 

Marco reglamentario

La estrategia para manejar el riesgo de la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica se integra en una serie de medidas establecidas tanto a nivel de la Unión Europea como a nivel nacional.
 
De modo que, desde la Unión Europea se encuentra:
 
El Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal»).
 
El Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2018 relativo a la aplicación de determinadas normas de prevención y control a categorías de enfermedades enumeradas en la lista y por el que se establece una lista de especies y grupos de especies que suponen un riesgo considerable para la propagación de dicha enfermedad de la lista. La EHE se encuentra categorizada como enfermedad D+E, de acuerdo con el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2018, por lo que se trata de una enfermedad objeto de vigilancia sobre la que deben adoptarse medidas para evitar su propagación en relación con su introducción en la Unión o con desplazamientos entre Estados miembros, tal y como se establece en el Reglamento (UE) 2016/429.
 
El Reglamento Delegado (UE) 2020/688 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a los requisitos zoosanitarios para los desplazamientos dentro de la Unión de animales terrestres y de huevos para incubar. 
 
El Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2002 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2020, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo relativas a la notificación a la Unión y al envío de informes a la Unión sobre enfermedades de la lista, al sistema informático de información, así como a los formatos y los procedimientos de presentación y envío de informes relacionados con los programas de vigilancia y erradicación de la Unión y con la solicitud de reconocimiento del estatus de libre de enfermedad. 
 
Mientras que, a nivel nacional, destacamos:
 
La Ley 8/2003 de Sanidad Animal.
 
El Real Decreto 526/2014, de 20 de junio, por el que se establece la lista de las enfermedades de los animales de declaración obligatoria y se regula su notificación.
 

Información epidemiológica sobre la situación de la enfermedad

Históricamente la EHE ha circulado en América del Norte, Australia, Asia y África, pero nunca había sido detectada en España ni en la UE hasta que, el pasado 10 de noviembre de 2022, las autoridades italianas comunicaron la detección del virus en explotaciones de ganado bovino en la isla de Cerdeña y unos días más tarde en Sicilia. El 18 de noviembre de 2022 se detectaron los primeros casos en España, en el sur de la península. 

 

Condiciones de movimientos de animales

Control de la enfermedad: Actualmente no existen vacunas autorizadas en la UE frente a esta enfermedad. 

Una de las medidas que se recomienda para el control de la enfermedad consiste en la lucha vectorial, mediante el empleo de insecticidas y repelentes en animales, medios de transporte e instalaciones, así como el uso de insecticidas y larvicidas para el control de las posibles zonas de cría.

Para garantizar una desinsectación eficaz es necesario, entre otros aspectos, usar un insecticida que sea efectivo frente al vector en cuestión. En el siguiente enlace ponemos a vuestra disposición una lista de productos comerciales registrados en el Registro de Entidades y Productos Zoosanitarios del MAPA y en el Registro de Plaguicidas no Agrícolas y Biocidas del Ministerio de Sanidad. 

Lista de insecticidas de uso en entorno ganadero

Estación libre de vectores: Se podrán considerar Estados Miembros o Zonas estacionalmente libres del virus de la enfermedad hemorrágica epizoótica, de acuerdo a lo establecido en el la parte I del Anexo IX del Reglamento 688/2020.

 

 

 

 Fuente y más información: EHE 

 

  

 

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